Después de una larga tramitación y una serie de reformas al proyecto original, la ley que penaliza el acoso laboral, psicoterrorismo o mobbing ya es una realidad, pues la Cámara baja aprobó el día 5 de julio, por unanimidad de 96 votos a favor, las modificaciones del Senado al proyecto que incorpora al Código del Trabajo las sanciones a la práctica de acoso laboral, con lo que la iniciativa quedó lista para convertirse en ley, hecho que esperamos se concrete la próxima semana.
La normativa establece que el acoso laboral es una práctica que importa una violación a los derechos esenciales que emanan de la persona humana, y es incompatible con el principio de respeto a la dignidad de la persona.
La nueva disposición legal se originó en una moción de los diputados Ximena Vidal (PPD), Adriana Muñoz (PPD), Fidel Espinoza (PS) y Enrique Jaramillo (PPD), mediante un proyecto de ley ingresado el año 2003, el que durmió hasta el año 2005, cuando como Asociación solicitamos al Senador Alejandro Navarro ser incluidos en el proyecto de ley, pues en el se exceptuaba a los funcionarios Públicos regidos por el Estatuto Administrativo y de Municipalidades, los que finalmente fueron considerados.
No olvidar que el año 2005 se registró uno de los casos más emblemáticos de esta condenable práctica y que culminó en la madrugada del 11 de mayo de 2005, cundo el Cabo 1ro. Domingo Peña Riffo (Q.P.E.D.) baleó la casa del Jefe Operativo del CDP de Lebú; tomó como rehenes al Alcaide del establecimiento y a un funcionario de carabineros. Después de cinco horas, y con el pueblo en vigilia, decidió liberar a sus rehenes y entregarse. Cuatro días después el juez Guillermo Vera Jiménez lo dejó con arresto domiciliario. Luego el 16 de junio de 2006 fue absuelto. Así los peritajes siquiátricas avalaron que actuó bajo un cuadro emocional que lo privó de razón, afectado por una depresión severa y estrés agudo, a causa de un comprobado acoso laboral. Con ello y pese a la gravedad de las acusaciones es liberado de toda responsabilidad penal. Este hecho se suma a los 19 suicidios consumados en Gendarmería de Chile a contar del año 2009 a la fecha y más de 48 intentos registrados, en los que un alto porcentaje se vinculan a este tipo de prácticas y que al fecha no tenían ninguna sanción.
Así las cosas, como Directivos Nacionales, que durante años hemos dado una lucha incansable en contra de este tipo de prácticas, especialmente en contra de algunas jefaturas que han incorporado esto como parte de sus estilos de liderazgos, debiendo nuestros directivos recurrir incluso a movilizaciones, huelgas de hambre y amenazas de paro, para poder llamar la atención de la autoridad, pero que lamentable con la ausencia de esta tipificación de falta no era posible sancionarla porque simplemente no existía, afortunadamente esto cambiará.
El día lunes 18 de julio, 2011, los Dirigentes Nacionales ANFUP, Boris Henríquez y Oscar Benavides, se reunieron con la presidenta de la Comisión del Trabajo del Senado Honorable Senadora Ximena Rincón González, a quien se le planteó la urgente necesidad de aprobar la ley, proyecto que a esa fecha se encontraba durmiendo en la comisión del trabajo, ocasión en la que la parlamentaria recibió los antecedentes aportados, y que se sumaban a la serie de denuncias presentadas en las distintas instancias parlamentarias de las dos cámaras, en las que siempre dejamos clara la necesidad de terminar con este tipo de practicas.
Finalmente la ley establece que este tipo de prácticas es contrario a la dignidad de la persona, entendiéndose por tal toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador u otros trabajadores, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo, además castiga a quienes incurran en esta práctica con multas que van de 10 a 50 UTM, y permite al trabajador afectado ejercer el autodespido con derecho a pago de indemnizaciones legales(para el caso de aquellos que dependen del código del trabajo).
El Equipo INFOANFUP quiere manifestar en esta ocasión su profunda satisfacción ante la aprobación de este cuerpo legal, como así reconocer a los parlamentarios que dieron vida al mismo, los diputados Ximena Vidal (PPD), Adriana Muñoz (PPD), Fidel Espinoza (PS) y Enrique Jaramillo (PPD) y el enorme aporte del Senador Alejandro navarro, quien permitió abrir la posibilidad de la incorporación la normativa al estatuto administrativo y de municipalidades, lo que finalmente permitirá sancionar el acoso laboral en Gendarmería de Chile.
(Equipo INFOANFUP: O. Benavides, P. Hernandez, B. HEnriquez, O. Martinez)